ARTÍCULO 70 K

ARTÍCULO 70 K DEL ESTATUTO DOCENTE
Se otorgará licencia con percepción íntegra de haberes, hasta un máximo de VEINTIOCHO (28) días hábiles por año calendario, a los docentes que cursen estudios en establecimientos oficiales o incorporados a la enseñanza oficial, nacionales, provinciales, municipales, y en establecimientos privados reconocidos oficialmente, en calidad de alumnos regulares o libres, para rendir exámenes en turnos fijados oficialmente.

3 de abril de 2012

¿¿No lo escuchaste?? ¿¿Qué estás esperando?? ¡¡¡Escuchá el quinto programa del año!!!

Temas del día:
- A 5 años del asesinato de Carlos Fuentealba hablamos con su cuñado Beto Rodriguez, integrante de CO.CA.PRE. (Comisión Carlos Presente).
- A 30 años de la Guerra de Malvinas leímos la carta del maestro Julio Cao, combatiente muerto en Malvinas.
- Hablamos con Denile Estevez de la ACIJ (Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia) sobre el tema de los micros escolares en la villa 31 y sobre el informe que realizaron sobre los cierres de 221 cursos y grados. Para más información  http://acij.org.ar/.
- Charlamos con Daniel Frijón, profesor de la Escuela Técnica 12, Distrito Escolar 1, sobre el proyecto "Destilador de agua sustentable".
- Nos contactamos con Valeria -abogada, docente y madre de un chico con autismo- por el Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo.


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