ARTÍCULO 70 K

ARTÍCULO 70 K DEL ESTATUTO DOCENTE
Se otorgará licencia con percepción íntegra de haberes, hasta un máximo de VEINTIOCHO (28) días hábiles por año calendario, a los docentes que cursen estudios en establecimientos oficiales o incorporados a la enseñanza oficial, nacionales, provinciales, municipales, y en establecimientos privados reconocidos oficialmente, en calidad de alumnos regulares o libres, para rendir exámenes en turnos fijados oficialmente.

13 de julio de 2012

Por una Escuela Media en el barrio de Mataderos

Les dejamos un corto realizado por los chicos y chicas de 7mo grado de la Escuela 13 del DE 20 "República Filipinas" de la Ciudad de Bs As, que este año fue declarado de Interés Social y Educativo por la Legislatura de la Ciudad de Bs As y que obtuvo el primer premio en el Festival de Cine "Hacelo Corto" promovido por Unicef.