ARTÍCULO 70 K

ARTÍCULO 70 K DEL ESTATUTO DOCENTE
Se otorgará licencia con percepción íntegra de haberes, hasta un máximo de VEINTIOCHO (28) días hábiles por año calendario, a los docentes que cursen estudios en establecimientos oficiales o incorporados a la enseñanza oficial, nacionales, provinciales, municipales, y en establecimientos privados reconocidos oficialmente, en calidad de alumnos regulares o libres, para rendir exámenes en turnos fijados oficialmente.

14 de marzo de 2012

Orquesta y Coro de la Escuela Esnaola

El martes pasado, en la sección La voz del Docente, hablamos con Osvaldo Bercellini, Director de la orquesta y coro de la Escuela de Música Juan Pedro Esnaola. Aquí les dejamos una actuación que realizaron en el año 2009 en la Facultad de Derecho de la Ciudad de Buenos Aires.

Mozart Misa de Requiem