ARTÍCULO 70 K

ARTÍCULO 70 K DEL ESTATUTO DOCENTE
Se otorgará licencia con percepción íntegra de haberes, hasta un máximo de VEINTIOCHO (28) días hábiles por año calendario, a los docentes que cursen estudios en establecimientos oficiales o incorporados a la enseñanza oficial, nacionales, provinciales, municipales, y en establecimientos privados reconocidos oficialmente, en calidad de alumnos regulares o libres, para rendir exámenes en turnos fijados oficialmente.

24 de abril de 2014

Programa Nº 8 de 70k y el primero en FM Boedo

Foto: Primer programa de 70k "Maestros en los medios" y.....LA ROMPIMOS!!!
Gracias a los que participaron del programa y sobre todo a l@s compañer@s de Fm Boedo que nos recibieron tan amablemente.Nos mudamos de radio
En el primer programa en los estudios de FM Boedo, tuvimos un programa muy cargado. Tuvimos una comunicación telefónica con Lorena Pokoik (Vicepresidenta de la comisión de Educación de la Legislatura) y con Jimena Ieraci (Coordinadora de la Cátedra Abierta de Educación Sexual Integral que empieza esta semana). Además entrevistamos en el estudio a Eduardo López (Secretario General de la UTE y Secretario Gremial de CTERA)
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